DecretoIn force
Decreto 1726 de 1953
Por el cual se reglamenta el Decreto 1546 de 1953 sobre rebaja de penas
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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1Las Solicitudes De Rebaja De Pesas De Que Trata El Decreto 1546 De 1953, Deberán Ser Presentada La Dirección Del Departamento De Establecimientos De Detención, Pena Y Medidas De Seguridad, Por Conducto Del Director De La Penitenciaria O Cárcel En Donde Se Halle Recluido El Interesado2La Solicitud De Rebaja De Pena Debe Acompañarse De Los Siguientes Documentos: A) Copia De Las Sentencias De Primera Y Segunda Instancia Y De Casación Si Fuere El Caso; B) Certificado De Buena Conducta Y Tiempo De Pena Cumplido, Expedidos Por El Director Del Respectivo Establecimiento Carcelario, Previo Concepto Del Consejo De Disciplina, Y C) Certificado Sobre Antecedentes Judiciales Y Policivos Del Peticionario Expedido Por El Gabinete De Identificación De La Policía3Las Solicitudes De Rebaja De Pena Serán Examinadas Por Los Directores De Las Respectivas Penitenciarías Y Cárceles Antes De Darles El Curso Correspondiente4En El Caso De La Rebaja De Pena De Que Trata El Artículo 2º Del Decreto 1546 De 15Para Efectos Del Artículo 2º Del Decreto 1546 De 1953, Entiéndase Por Delitos Contra El Orden Público, Aquellos De Que Trata El Titulo Ii, Libro Segundo Del Código Penal (Ley 95 De 1936)