DecretoIn force
Decreto 3168 de 1983
Por el cual se adiciona el Decreto 3468 de 1982.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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01
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02
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1El Artículo Primero Del Decreto 3468 De 1982 Quedara Así: Crease El Consejo Nacional De Protección Al Consumidor, Como Organismo Asesor Del Gobierno Nacional En Todas Las Materias Relacionadas Con La Acción Administrativa De Protección Y Defensa De Los Consumidores, Adscritos Al Ministerio Desarrollo Económico, E Integrado Por Los Siguientes Miembros: A) El Ministro De Desarrollo Económico O Su Delegado, Delegado Quien Lo Presidirá; B) El Ministro De Gobierno O Su Delegado; C) El Ministro De Salud Pública O Su Delegado; D) El Ministro D Agricultura O Su Delgado; E) El Ministro De Trabajo O Su Delegado: F) El Jefe Del Departamento Nacional De Planeación O Su Delegado; G) El Superintendente De Industria Y Comercio; H) Cuatro (4) Representantes De La Confederación Colombiana De Consumidores2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
03
Signatories
National Government
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus funciones Constitucionales y legales, en especial de las previstas en el artículo 1º del Decreto 1050 do 1968
- Alfonso Gomez GomezEl Ministro de Gobierno
- Rodrigo Marin BernalEl Ministro de Desarrollo Económico
- Jorge Ospina SardíEl Jefe del Departamento Nacional de Planeación