DecretoVigencia En Estudio
Decreto 3405 de 1985
Por el cual se decreta el Estado de Emergencia
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
3articles
0arts. reviewed
0rulings
0struck down
01
Constitutional review history
No constitutional review of this provision is recorded in the Constitutional Court graph.
02
Read all articles as a bookArticles
1Declárase El Estado De Emergencia Por El Término De Treinta Y Cinco (35) Días, Contados A Partir De La Fecha De Vigencia Del Presente Decreto2En Las Condiciones Y Para Los Efectos Previstos En El Artículo 122 De La Constitución Política, El Congreso Se Reunirá A Partir Del Día 7 De Enero De 19863Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Signatories
National Government
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 122 de la Constitución Política, previo concepto favorable del Consejo de Estado, y
- Jaime CastroEl Ministro de Gobierno
- Augusto Ramirez OcampoEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Enrique Parejo GonzalezEl Ministro de Justicia
- Hugo Palacios MejiaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Miguel Vega UribeEl Ministro de Defensa Nacional
- Roberto Mejia CaicedoEl Ministro de Agricultura
- Gustavo Castro GuerreroEl Ministro de Desarrollo Económico
- Ivan Duque EscobarEl Ministro de Minas y Energía
- Liliam Suarez MeloLa Ministra de Educación Nacional
- Jorge Carrillo RojasEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Beatriz De La VegaLa Ministra de Salud (E.)
- Noemi Sanin PosadaLa Ministra de Comunicaciones
- Rodolfo Segovia SalasEl Ministro de Obras Públicas y Transporte