DecretoIn force
Decreto 859 de 2011
por el cual se reglamentan los artículos 292-1, 293- 1, 294-1, 296-1, 298-3 y 298-4 del Estatuto Tributario y los artículos 1°, 2°, 3°, 6°, 9° y 10 del Decreto Legislativo 4825 de 2010.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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01
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02
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1El Impuesto Al Patrimonio Y La Sobretasa A Que Se Refieren Los Artículos 292-1, 293-1, 294-1, 296-1, 298-3 Y 298-4 Del Estatuto Tributario Y Los Artículos 1°, 2°, 3°, 6°, 9° Y 10 Del Decreto Legislativo 4825 De 2010, Podrán Ser Amortizados Contra La Cuenta De Revalorización Del Patrimonio O Contra Resultados Del Ejercicio Durante Los Años 2011, 2012, 2013 Y 2014 Y En Ningún Caso El Valor Cancelado Será Deducible O Descontable En El Impuesto Sobre La Renta2V Igencia
03
Signatories
National Government
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los artículos 292-1, 293-1, 294-1, 296-1, 298-3 y 298-4 del Estatuto Tributario y de los artículos 1°, 2°, 3°, 6°, 9° y 10 del Decreto Legislativo 4825 de 2010, y
- Juan Carlos Echeverry GarzónEl Ministro de Hacienda y Crédito Público