Artículo 1
1 clause
290.675.97) moneda legal, que con base en los Certificados de Disponibilidad números 27, 34, 39, 41, 42, 48 y 49, expedidos por el Contralor General de la República, se incorporará con imputación a los siguientes numerales.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 51 De 1976
290.675.97) moneda legal, que con base en los Certificados de Disponibilidad números 27, 34, 39, 41, 42, 48 y 49, expedidos por el Contralor General de la República, se incorporará con imputación a los siguientes numerales.
Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto para la vigencia fiscal de 1976:
Esta Ley rige desde la fecha de su sanción.