Artículo 1
1 clause
013.642769.33) moneda corriente, que con base en los certificados de disponibilidad números 35, 36 y 37 de 1978 expedidos por el contralor general de la república, se incorporan así:
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 51 De 1978
013.642769.33) moneda corriente, que con base en los certificados de disponibilidad números 35, 36 y 37 de 1978 expedidos por el contralor general de la república, se incorporan así:
Con base en el recurso de que trata el artículo anterior; ábranse los siguientes créditos adicionales en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1978:
La presente ley rige a partir de la fecha de su expedición.