Artículo 1
1 clause
Apruébase el “Convenio sobre la obtención de pruebas en el Extranjero en Materia Civil o Comercial”, hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 1282 De 2009
Apruébase el “Convenio sobre la obtención de pruebas en el Extranjero en Materia Civil o Comercial”, hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el “Convenio sobre la obtención de pruebas en el Extranjero en Materia Civil o Comercial”, hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970, que por el artículo 1° de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.