Artículo 1
1 clause
El Ministerio de Obras Públicas procederá a ejecutar los planes y programas que contempla el artículo 4 de la citada Ley.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 43 De 1963
El Ministerio de Obras Públicas procederá a ejecutar los planes y programas que contempla el artículo 4 de la citada Ley.
El Gobierno queda plenamente facultado para dictar las medidas que sean necesarias a la ejecución de la presente Ley, la cual regirá desde su sanción.