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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 105 De 1946

Artículo 1

1 clause1 paragraph

Para fomentar el desarrollo y mejoramiento de la agricultura, y para ser distribuida en los establecimientos educacionistas del país, se facultad al Gobierno Nacional para adquirir hasta veinte mil ejemplares de la "Cartilla de Agricultura Colombia" el señor Hugo Sanín Herrán.

Parágrafo

Autorizase al Gobierno Nacional para contratar con el señor Hugo Sanín Herrán, autor de la obra en referencia, la edición de que tarta el artículo anterior.

Artículo 2

1 clause

En el Presupuesta de la próxima vigencia se apropiará la partida hasta de veinte mil pesos ($ 20.000) para el pago de la edición y de los derechos del autor de la obra a la que se refiere el artículo anterior.

Artículo 3

1 clause

En el Ministerio de la Educación Nacional queda autorizado para celebrar el respectivo contrato con el autor de la obra en referencia para su población.

Artículo 4

1 clause

Esta ley se regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El secretario del Senado
El secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de la Economía Nacional
El Ministro de Educación Nacional