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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 13 De 1971

Artículo 1

Derogado.

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Traspásase a la entidad denominada "Municipios Asociados del Valle de Aburrá MASA", la totalidad de los activos y pasivos que corresponda al Instituto Colombiano de Ingeniería Eléctrica -ICEL-, en la obra de Rectificación y Canalización del río Medellín, que fue entregada a dicho Instituto para la continuación de su construcción y administración por medio de la Ley 80 de 1946 .

Artículo 2

1 clause

Derogado.

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La Entidad denominada "Municipios Asociados del Valle de Aburrá", continuará la construcción, sostenimiento y explotación de la canalización y rectificación del río Medellín, obras y vías complementarias, en el sector comprendido entre los Municipios de Barbosa y Caldas, ambos inclusive, y tendrá las mismas facultades y obligaciones que se desprenden del Decreto legislativo número 1112 de 1952 como entidad interesada o encargada de la obra en los términos de dicho estatuto, y teniendo en cuenta las disposiciones aplicables del Decreto legislativo número 1606 de 1966.

Artículo 3

1 clause

Derogado.

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En caso de disolución de la entidad denominada "Municipios Asociados del Valle de Aburrá" la obra de que trata la presente Ley se reintegrará al patrimonio de la Nación.

Artículo 4

1 clause

Derogado.

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"Municipios Asociados del Valle de Aburrá", tendrá facultades para ejecutar por sistemas de valorización, toda clase de vías y obras de interés general, en los diez municipios cruzados por el río Medellín, comprendidos entre Caldas y Barbosa, ambos inclusive. Para el efecto, podrá también expropiar con arreglo a las leyes correspondientes, y su tesorero queda expresamente investido de la jurisdicción coactiva.

Artículo 5

1 clause

Derogado.

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Esta ley rige desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Obras Públicas