Artículo 1
Créanse sendos establecimientos de bachillerato en los Municipios de Pivijay y Guamal, en el Departamento del Magdalena, para atender a la enseñanza masculina.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 13 De 1960
Créanse sendos establecimientos de bachillerato en los Municipios de Pivijay y Guamal, en el Departamento del Magdalena, para atender a la enseñanza masculina.
Igualmente créase en la ciudad de Valledupar (Magdalena), una Escuela Normal Superior para Señoritas.
El Ministerio de Educación Nacional por intermedió de las Divisiones de Bachillerato y Normales, procederá a dar la debida organización a los establecimientos de enseñanza que se crean por medio de la presente Ley.
Las partidas que demande la fundación, organización, dotación y sostenimiento de los Colegios de Bachillerato de Pivijay y Guamal, y la Escuela Normal Superior de Valledupar, se tomarán del presupuesto global del Ministerio de Educación Nacional para la vigencia de 1960.
Esta Ley rige desde la fecha de su sanción.