Artículo 1
En la ciudad de Santa Rosa de Viterbo, se erigirá un monumento para perpetuar la memoria del doctor Carlos Arturo Torres, republico y humanista insigne, que dio renombre y prestigio a las letras colombianas, dentro y fuera de Colombia.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 74 De 1925
En la ciudad de Santa Rosa de Viterbo, se erigirá un monumento para perpetuar la memoria del doctor Carlos Arturo Torres, republico y humanista insigne, que dio renombre y prestigio a las letras colombianas, dentro y fuera de Colombia.
En el monumento ordenado por esta Ley, se colocara el busto del doctor Torres, con esta inscripción:
"La Republica de Colombia a Carlos Arturo Torres".
El monumento se erigirá precisamente al frente del edificio que para escuela de varones ha construido el Municipio de Santa Rosa de Viterbo, cuna del ciudadano esclarecido cuya memoria honra la presente Ley.
Señalase hasta la cantidad de ocho mil pesos ($ 8,000) para atender a los gastos de la próxima vigencia.