Artículo 1
1 clause
Art. 1. ° Estimase de utilidad y beneficencia la reconstrucción y ensanche de las Iglesias de Santiago y San Andrés de la ciudad de Pasto.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 39 De 1892
Art. 1. ° Estimase de utilidad y beneficencia la reconstrucción y ensanche de las Iglesias de Santiago y San Andrés de la ciudad de Pasto.
Art. 2 .° Para fomentar dichas obras, autorízase al Consejo municipal de Pasto para ceder á la Diócesis de Pasto dos porciones de terreno de cuarenta metros de longitud y doce de latitud cada una, para el ensanche de las expresadas iglesias
Art. 3. ° Cada porción de terreno de las dimensiones prefijadas, ó equivalentes, se demarcara en la plazuela contigua á cada Iglesia, de modo que pueda servir para el objeto á que se la destina.