Artículo 1
1 clause
Artículo único. Concédese a la señora Luisa Pérez, esposa que fue del Teniente Coronel de la Independencia Carlos Caballi una pensión vitalicía de veinte pesos mensuales, los que se le pagarán del Tesoro de la Nación.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 73 De 1877
Artículo único. Concédese a la señora Luisa Pérez, esposa que fue del Teniente Coronel de la Independencia Carlos Caballi una pensión vitalicía de veinte pesos mensuales, los que se le pagarán del Tesoro de la Nación.