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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 39 De 1963

Artículo 1

Derogado.

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Las carreteras del Departamento del Chocó, integrantes del artículo 10 de la Ley 12 de 1949 , serán las siguientes:

1) Quibdó - Bahía Solano;

2) Istmina - Quibdó;

3) Istmina - Viroviro - Condoto - Nóvita;

4) Nóvita - San José' del Palmar - límites con el Departamento del Valle del Cauca hasta Cartago;

5) Istmina - Tadó -límites con el Departamento de Caldas hasta Pueblorrico y Apía;

6) Quibdó -Negu -Bebaram -Bebar - límites con el Departamento de Antioquía hasta Urrao;

7) Acandí -Unguía - Sautat -Riosucio;

8) Juradó - Salaquí - Riosucio;

9) Istmina-Baudó-Puerto Meluk;

10) Villa Conto-Paimadó-Pie de Pató-Puerto Meluk;

11) El Carmen-Urrao;

12) Quibdó-Bolívar (Antioquia);

13) Cértegui-Bagadó- límites con el Departamento de Antioquía - Andes;

14) La Vuelta-carretera Cértegui-Bagadó;

15) Nóvita-Cajón - Taparal-Sipí-San Agustin-Negría-Noanam -Docampadó (Océano Pacífico);

16) Condoto-Santa Ana-río Iró;

17) Ciudad Mutis-El Valle-Utría;

18) Nuqí-Cugucho, hasta carretera Quibdó-Bahía de Solano;

19) Lloró-Mutumbudó - Numbaradó-Bocas del río La Playa;

20) Tadó-Santa Rita-Santa Bárbara-Viroviro;

21) Bahía de Solano-Bocas del río Uba-Bojay -Bellavista;

22) Tutunendo-río Ichó-Negu ;

23) Negu -Beté-Utría;

24) Quibdó-Yuto-Lloró-La Vuelta;

25) Bagadó-Playa de Oro-Tadó;

26) Pizarro-Boca de Pepé-carretera Istmina-Baudó;

Artículo 2

1 clause

Derogado.

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En el Presupuesto Nacional de cada vigencia se apropiaran partidas de diez millones de pesos ($10.000.000.00) para el estudio, trazado, construcción y sostenimiento de las carreteras que se ordenan por el artículo 1° de la presente Ley.

Artículo 3

1 clause

Derogado.

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La construcción de las carreteras no se entender terminada hasta la conclusión de la pavimentación de las mismas y de las calles de las poblaciones por donde pasen las referidas vías públicas.

Artículo 4

1 clause

Derogado.

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Esta Ley regir desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado
El Ministro de Obras Públicas