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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 163 De 1936

Artículo 1

1 clause

Auxiliase al Municipio de Honda (Tolima) con la suma de cien mil pesos ($ 100,000) con destino a la construcción del alcantarillado y de la pavimentación de la ciudad.

Artículo 2

1 clause

La partida a que se refiere el Artículo anterior se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia.

Artículo 3

1 clause

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas