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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 54 De 1982

Artículo 1

1 clause

La Sociedad Bolivariana de Colombia será cuerpo consultivo del Gobierno Nacional en todo lo relacionado con la exaltación de la vida obra del Libertador Simón Bolívar.

Artículo 2

1 clause

En consecuencia con lo establecido en el artículo anterior la Sociedad Bolivariana de Colombia cooperará con el Gobierno en la elaboración ejecución de los programas tendientes a perpetuar la gloria del Libertador Simón Bolívar rindiendo culto a su vida, a su obra y a su pensamiento poniéndolas de ejemplo a las generaciones presentes y futuras.

Artículo 3

1 clause

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del honorable Senado
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes Julio Enrique Olaya Rincón ejecútese
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno