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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 160 De 1963

Artículo 1

1 clause

En la Ciudad "Kennedy" antes Ciudad Techo, se erigirá un monumento que perpetúe en el pueblo colombiano la memoria imperecedera del Presidente americano sacrificado, John F. Kennedy, guardián constante de la libertad, el derecho, la justicia y los fueros comunes de la democracia universal.

Artículo 2

1 clause

Por intermedio del Ministerio de Educación, el Gobierno Nacional abrirá un concurso de alta categoría estética entre los artistas nacionales para dar cumplimiento a la iniciativa ordenada.

Artículo 3

1 clause

En todas las escuelas construídas o que se construyan en el país el desarrollo del sistema de la "Alianza para el Progreso", se colocará un retrato del Presidente John F. Kennedy.

Artículo 4

1 clause

El Gobierno Nacional queda autorizado para hacer todos los traslados y apropiaciones presupuestales que demande el pago del gasto que se decreta.

Artículo 5

1 clause

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional