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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 54 De 1958

Artículo 2

Esta Ley regirá desde su sanción.

Artículo 1

2 clauses

000.00) que se entregaran al Tesorero de la Academia Colombiana con los requisitos que la Contraloría General de la Republica establezca.

Dicha suma de dinero se apropiara en el Presupuesto de la siguiente vigencia, pero si así no fuere, el Gobierno queda autorizado para abrir los créditos y hacer los traslados indispensables en orden a la cumplida ejecución de esta Ley.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario General del Senado
El Secretario General de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación