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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 72 De 1966

Artículo 1

1 clause

El impuesto a que se refiere la Ley 34 de 1932 se dedicará, exclusivamente, a la adquisición de terrenos para escuelas, construcciones escolares y dotación de los establecimientos respectivos.

Artículo 2

La Contraloría Municipal Vigilará El Estricto Cumplimiento De Esta Inversión

La Contraloría Municipal vigilará el estricto cumplimiento de esta inversión

Artículo 3

Deróganse Los Artículos 7º

y 17 de las Leyes 147 y 48 de 1960 y 1947, respectivamente, y las disposiciones que le sean contrarias.

Artículo 4

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del honorable Senado
El Presidente de la honorable Cámara
El Secretario del honorable Senado
El Secretario de la honorable Cámara
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Fomento
El Ministro de Educación Nacional