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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 830 De 2003

Artículo 1

1 clause

Apruébanse el "Convenio para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de la Navegación Marítima, hecho en Roma, el diez (10) de marzo de mil novecientos ochenta y ocho (1988) y el Protocolo para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de las Plataformas fijas emplazadas en la Plataforma Continental" hecho en Roma, el diez (10) de marzo de mil novecientos ochenta y ocho (1988).

Artículo 2

1 clause

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el "Convenio para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de la Navegación Marítima, hecho en Roma, el diez (10) de marzo de mil novecientos ochenta y ocho (1988) y el Protocolo para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de las Plataformas fijas emplazadas en la Plataforma Continental" hecho en Roma, el diez (10) de marzo de mil novecientos ochenta y ocho (1988)", que por el artículo 1° de esta ley se aprueban, obligarán al país a partir de la fecha en que se perfeccione los vínculos internacionales respecto de los mismos.

Artículo 3

1 clause

Esta ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Signatures

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
La Viceministra de Relaciones Exteriores, encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores
El Ministro de Transporte