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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 157 De 1960

Artículo 1

1 clause

Declarase nacional la carretera llamada canos negros, en el departamento del meta, que partiendo de Villavicencio termina en puerto porfía, sobre el rio humea.

Artículo 2

1 clause

Declarase nacional la carretera llamada de cubara, en el departamento del meta, que partiendo de la carretera que va a san Martin, pasa por el corregimiento cubara y termina en el rio arriara.

Artículo 3

1 clause

Las dos carreteras antes citadas quedan incorporadas en la zona de carreteras nacionales de Villavicencio, o sea la meta, y su conservación corresponde al gobierno nacional.

Artículo 4

1 clause

Esta ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas