Artículo 1
1 clause
Art 1. ° Concédese un auxilio de dos mil pesos oro ($ 2.000), que se destinan para la reparación de la Iglesia Parroquial de la ciudad de Magangué.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 12 De 1904
Art 1. ° Concédese un auxilio de dos mil pesos oro ($ 2.000), que se destinan para la reparación de la Iglesia Parroquial de la ciudad de Magangué.
Art 2. ° El Ministro respectivo girara por mensualidades de a doscientos pesos oro ($ 200) cada una, hasta completar dicho auxilio, a favor del Ilmo. Sr. Arzobispo de Cartagena, a fin de que la expresada cantidad se invierta en la forma que este tenga a bien disponer de conformidad con la presente Ley.
La suma de que trata esta Ley se considerará incluida en el Presupuesto de Gastos de la vigencia en curso.