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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 155 De 1948

Artículo 1

1 clause

La República honra la esclarecida memoria del doctor Luis A. Robles con motivo del centenario de su natalicio, que se celebrará el 24 de octubre de 1949.

Artículo 2

1 clause

En la indicada fecha un retrato al oleo del insigne ciudadano será colocado solamente en el Paraninfo de la Universidad Nacional.

Artículo 3

1 clause

Un busto en bronce del doctor Robles se colocará solemnemente en el Parque de la Independencia, de Bogotá.

Artículo 4

1 clause

En la Ley de Presupuesto de la vigencia próxima se incluirá una partida hasta por veinticinco mil pesos ($ 25.000) para el oportuno y debido cumplimiento de esta Ley.

Artículo 5

1 clause

Un ejemplar autógrafo de esta Ley será enviado a su único hijo el doctor Manuel F. Robles, residente en Santa Marta, quien ha ocupado puesto varias veces en la Cámara de Representantes.

Artículo 6

1 clause

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional