Skip to the text
Back to overview

Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 25 De 1909

Artículo 1

1 clause1 paragraph

Artículo único. Cédense por tres años á favor de la iglesia parroquial del Municipio de la Ciénaga, en el Departamento de Santa Marta, las tres cuartas partes de la contribución personal que se cobra en el mismo Municipio y que establece la Ley 60 de 1905 .

Parágrafo

El monto de la contribución cedida será entregado por el empleado recaudador de dicha contribución, y á medida que la vaya percibiendo, á la Junta encargada de la reconstrucción de dicho templo, y en su defecto al Cura de la Parroquia.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Tesoro