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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 133 De 1938

Artículo 1

1 clause

000), que se incluirán en el Presupuesto de la próxima vigencia.

Artículo 2

1 paragraph
Parágrafo

Los propietarios ribereños de la hoya hidrográfica de que trata este artículo, que se beneficien de las aguas, están obligados, en la extensión que determine el Gobiérno, a repoblar las zonas a uno y otro lado de las vertientes y de las derivaciones que hagan de las aguas.

Artículo 3

1 clause

000) para la pavimentación de las calles del Leprosorio de Agua de Dios, y para la construcción de una plaza de mercado en la misma ciudad.

Artículo 4

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Economía Nacional
El Ministro de Obras Públicas