Artículo 1
1 clause
La Nación continuará la pavimentación de la ciudad de Pasto, mediante el aporte de cien mil pesos ($ 100.000.00) anuales, que entregará al Tesorero Municipal de esa población.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 53 De 1940
La Nación continuará la pavimentación de la ciudad de Pasto, mediante el aporte de cien mil pesos ($ 100.000.00) anuales, que entregará al Tesorero Municipal de esa población.
Las
partidas que sean necesarias para el cumplimiento de esta Ley, se incluirán en el Presupuesto de la próxima vigencia y de las sucesivas.
Esta Ley regirá desde su promulgación.