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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 81 De 1914

Artículo 1

1 clause

La República enaltece la memoria del señor doctor Juan Evangelista Manrique y recomienda a la imitación de los colombianos las virtudes del ilustre médico.

Artículo 2

1 clause

En la Academia Nacional de Medicina o en el Salón Rectoral de la misma Facultad, se colocará un retrato al óleo del doctor Manrique, costeado con fondos del Tesoro Público.

Artículo 3

1 clause

La partida que ocasione el cumplimiento del artículo anterior se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia.

Artículo 4

1 clause

º Copia auténtica de la presente Ley será enviada a la señora viuda y a la familia del doctor Manrique.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno