Artículo 1
1 clause
Auxiliase con la cantidad de treinta mil pesos ($ 30.000.00) la construcción de los mataderos públicos en cada una de las ciudades de Chiquinquirá y Sogamoso, del Departamento de Boyacá.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 71 De 1939
Auxiliase con la cantidad de treinta mil pesos ($ 30.000.00) la construcción de los mataderos públicos en cada una de las ciudades de Chiquinquirá y Sogamoso, del Departamento de Boyacá.
La suma a que se refiere la presente Ley se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia, y en caso de que así no se hiciere, se faculta al Gobierno para hacer los traslados o abrir los créditos que fueren necesarios para so efectividad.
Esta Ley regirá desde su sanción