Artículo 1
1 clause
Auxíliase la obra de la pavimentación de la ciudad de Cartago con la cantidad de treinta mil pesos ($ 30.000) que se apropiarán en el Presupuesto del año entrante.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 151 De 1936
Auxíliase la obra de la pavimentación de la ciudad de Cartago con la cantidad de treinta mil pesos ($ 30.000) que se apropiarán en el Presupuesto del año entrante.
Si la expresada partida no fuere apropiada, se autoriza al Gobierno para abrir el crédito administrativo tan pronto como comience a regir el Presupuesto.
Esta Ley regirá desde su sanción.