Artículo 1
Decrétase la cooperación de la Nación en la construcción del Seminario Conciliar y Palacio Episcopal de la Diócesis de Cúcuta.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 148 De 1960
Decrétase la cooperación de la Nación en la construcción del Seminario Conciliar y Palacio Episcopal de la Diócesis de Cúcuta.
La cooperación de que trata el artículo anterior será de un millón quinientos mil pesos para la construcción del Seminario Diocesano, y de un millón de pesos para la construcción del Palacio Episcopal en Cúcuta, sumas éstas que se incluirán preferencialmente en el Presupuesto de la próxima vigencia.
Para dar cumplimiento a la presente Ley facúltase al Gobierno para que, en caso de no quedar incluidas las partidas anteriores en el Presupuesto de la próxima vigencia fiscal, abra los créditos y contracréditos o traslados necesarios para su vigencia.
Esta Ley regirá desde su sanción.