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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 24 De 1944

Artículo 1

1 clause

Restablecese el Juzgado del Circuito en lo penal de Fusagasugá, formado por los mismos municipios que lo integraban antes de ser suprimido por el decreto número 1714, o sean los municipios de Arbeláez, Pandi, San Bernardo, Pasca y Tibacuy.

Artículo 2

1 clause

El Juzgado en lo Penal que se crea comenzara a funcionar el día 21 de enero de 1945.

Artículo 3

1 clause

El Gobierno queda facultado para tomar las medidas fiscales necesarias para darle cumplimiento a esta ley.

Artículo 4

1 clause

Esta ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara De Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno