Skip to the text
Back to overview

Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 10 De 1974

Artículo 1

2 clauses

El Congreso Nacional honra la memoria del Almirante José Prudencio Padilla con motivo del sesquicentenario de la batalla naval del lago de Maracaibo y de cumplirse el 145º. Aniversario de su muerte. En el muro del Capitolio Nacional y frente al sitio donde fue fusilado el eximio marino, hacia el costado suroriental de la Plaza de Bolívar, se colocará una placa con la siguiente inscripción:

"En este lugar fue fusilado el 2 de octubre de 1828, el Almirante José Prudencio Padilla, Libertador de los Mares Grancolombianos, padre y patrono de la Armada Nacional, paladín y mártir de la democracia, Senador de la República en 1826. El Congreso de Colombia honra su memoria con motivo del sesquicentenario de la Batalla Naval del lago de Maracaibo y de cumplirse el 145º. aniversario de su muerte".

Artículo 2

1 clause

Un Salón del Senado de la República se denominará "Salón Almirante Padilla" y allí será colocado un retrato al óleo del prócer.

Artículo 3

1 clause

Desde la vigencia de esta Ley, la Escuela Naval con sede en Cartagena se denominará "Escuela Naval de Cadetes Almirante Padilla".

Artículo 4

1 clause

Esta Ley rige desde su sanción.

Signatures

El Presidente del honorable Senado
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Defensa Nacional