Artículo 1
1 clause
Artículo único. Concédese una pension alimenticia a la señora Atala Díaz, hija lejítima del Subteniente Joaquin Díaz, de diez i seis pesos mensuales, que se pagarán como las pensiones de los militares de la independencia.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 93 De 1876
Artículo único. Concédese una pension alimenticia a la señora Atala Díaz, hija lejítima del Subteniente Joaquin Díaz, de diez i seis pesos mensuales, que se pagarán como las pensiones de los militares de la independencia.