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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 145 De 1938

Artículo 1

2 clauses

Auxiliase al Municipio de Concordia, del Departamento de Antioquia, con motivo del centenario de su fundación, que se cumple en el año de 1940, con la suma de cien mil pesos ($ 100,000.00).

Esta suma se incluirá de por mitad en las Leyes de Apropiaciones para 1939 y 1940.

Artículo 2

1 clause

La partida de que trata el artículo anterior se entregará al Tesorero Municipal de Concordia, quien afianzará su manejo y rendirá las cuentas respectivas con sujeción a lo que disponga la Contrataría General de la República.

Artículo 3

1 clause

El Concejo Municipal dispondrá la inversión de tal partida en las obras que considere necesarias para la higiene y saneamiento de la población y en un monumento a la memoria del ilustre hijo de Concordia, doctor Antonio José Restrepo.

Artículo 4

1 clause

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro del Trabajo, Higiene y Previsión Social