Skip to the text
Back to overview

Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 69 De 1880

Artículo 1

Poder Ejecutivo Nacional.-Bogotá, 14 De Julio De 1880

2 clauses

Artículo único. Auméntase la pension concedida a las señoritas Manuela i Teodolinda Briceño Santander por la lei 36 de 1873, en veinte pesos ($ 20) mensuales; diez para cada una de ellas, con el derecho de acrecer entre sí.

Esta pension se pagara integramente en los mismos términos que las de los militares de la Independencia.

Signatures

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios
El Presidente de la Cámara de .Representantes
El secretario del Senado de Plenipotenciarios
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Union
El Secretario del Tesoro