Artículo 1
1 clause
La Nación destina la cantidad de veinte mil pesos ($ 20.000.00) anuales para atender a la dotación y sostenimiento de la Casa del Niño, en la ciudad de Salamina (Caldas).
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 10 De 1948
La Nación destina la cantidad de veinte mil pesos ($ 20.000.00) anuales para atender a la dotación y sostenimiento de la Casa del Niño, en la ciudad de Salamina (Caldas).
Esta suma será incluida en los Presupuestos de las próximas vigencias, y si no lo fuere, queda el Gobierno autorizado para hacer las operaciones de crédito con tal fin.
Esta Ley regirá desde su promulgación.