Artículo 1
1 clauserepealed by ley 2085/21
Derogado.
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Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1978 la vigencia de la ley 2° de 1949.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 92 De 1958
Derogado.
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1978 la vigencia de la ley 2° de 1949.
Derogado.
La contraloría General de la Republica fiscalizará los fondos que administre la junta cívica del Municipio de Plato, (Magdalena), creada por la ley 2ª de 1949, y rendirá informe detallado se su manejo a la gobernación del Magdalena, por lo menos semestralmente.
PARÁGRAFO. Facúltese a la Contraloría General de la Republica, para delegar en la contraloría del Magdalena el control fiscal que por esta ley se le adscribe.
Derogado.
Esta ley regirá desde su sanción y deroga las disposiciones legales que le sean contrarias.