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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 36 De 1943

Artículo 1

1 clause

La Nación contribuye con la suma de trescientos mil pesos ($300.000.00) para la construcción del Colegio de San Simón, que el Departamento del Tolima construye actualmente con sus propios fondos en la ciudad de Ibagué.

Artículo 2

1 clause

La suma de que trata el artículo anterior, será incorporada a razón de cien mil pesos ($100.000.00) en cada uno de los presupuestos de 1943, 1944 y 1945, y se entregara a la Gobernación del Tolima.

Artículo 3

1 clause

Autorizase al Gobierno Nacional para que garantice las obligaciones que el Departamento del Tolima contraiga con destino a la financiación de la obra del Colegio de San Simón.

Artículo 4

2 clauses

Auxiliase al "Colegio de Barranquilla" con la suma de sesenta mil pesos ($60.000.00), con destino a la terminación y dotación del edificio en que actualmente funciona.

Esta suma se apropiara en el presupuesto de la próxima o de las siguientes vigencias.

Artículo 5

1 clause

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Secretario encargado del Despacho de Educación Nacional