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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 126 De 1961

Artículo 1

1 clause

La Nación destinará la suma de trescientos mil pesos ($ 300.000.00) para que el Municipio de Pitalito acometa la pavimentación de sus calles.

Artículo 2

1 clause1 paragraph

La Nación contribuirá con la suma de trescientos mil pesos ($ 300.00Cl.00) moneda corriente, con destino a la terminación del local y dotación del Colegio de La Presentación en la ciudad de Pitalito.

Parágrafo

Las sumas de que hablan los artículos anteriores se entregarán a la Tesorería de Pitalito, previa la fianza correspondiente, para ias inversiones previstas, de las cuales rendirá ementa pormenorizada y comprobada a la Contraloría General de la República.

Artículo 3

1 clause

En el Presupuesto correspondiente a las vigencias siguientes a la expedición de esta Ley, se incluirán necesariamente las partidas para dar cumplraiiento a lo ordenado en los artículos 1° y 2°, a razón de doscientos mil pesos por año, hasta completar el total de seiscientos mil pesos ($ 600,000.00).

Artículo 4

1 clause

Queda facultado el Gobierno Nacional para hacer los traslados necesarios, en caso de que 110 queden incluidas las partidas de los Presupuestos respectivos, a fin de dar cumplimiento a la presente Ley.

Artículo 5

1 clause

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado