Skip to the text
Back to overview

Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 68 De 1968

Artículo 1

1 clause

La República de Colombia honra la vida meritoria y esclarecida de Harold H. Eder, eximio ciudadano, hombre de Estado, grande impulsor del progreso patrio a través de importantes empresas agrícolas e industriales y factor decisivo en la culminación de destacadas obras educativas y de asistencia social.

Artículo 2

1 clause

En el lugar que la Alcaldía de la ciudad de Palmira señale se colocará una placa con la siguiente leyenda: "El Congreso de Colombia a la memoria de Harold H. Eder".

Artículo 3

1 clause

La Nación dotará al Colegio de Cárdenas de la ciudad de Palmira de un Laboratorio de Idiomas que llevará el nombre de Harold H. Heder.

Artículo 4

1 clause

La segunda etapa del Colegio de Cárdenas de Palmira llevará el nombre de "Harold H. Eder".

Artículo 5

1 clause

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán cubiertos por el Ministerio de Educación y se autoriza al Gobierno para hacer las operaciones presupuestales indispensables para ello.

Artículo 6

1 clause

Las formalidades exigidas por la Ley 11 de 1967 , artículo 10, serán cumplidas en el momento de hacer el pago de las apropiaciones a que ella se refiere.

Artículo 7

1 clause

Sendas copias de esta Ley en edición de lujo, serán entregadas a la municipalidad de Palmira y a la señora viuda de Eder y sus hijos.

Artículo 8

1 clause

Esta Ley regirá desde su sanción.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Desarrollo Económico
El Ministro de Educación Nacional