Artículo 1
Apruébase La "Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción", hecha en Oslo, el dieciocho (18) de septiembre de mil novecientos noventa y siete (1997).
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 554 De 2000
Apruébase La "Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción", hecha en Oslo, el dieciocho (18) de septiembre de mil novecientos noventa y siete (1997).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, la "Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción", hecha en Oslo, el dieciocho (18) de septiembre de mil novecientos noventa y siete (1997), que por el artículo primero de esta Ley se aprueba, obligará al Estado Colombiano a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de la misma.
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.