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Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 123 De 1914

Artículo 1

1 clause

ª, de París, conforme al contrato de 30 de mayo del corriente año, celebrado en París entre el Cónsul General de la República en Londres y la Casa mencionada.

Artículo 2

La partida para el pago del sueldo que se fija por la presente Ley, desde el día en que tome posesión el nombrado, se liquidará en el Presupuesto de gastos de la presente vigencia y se incluirá en los de las siguientes mientras sea necesario el cargo.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda