Artículo 1
Apruébase el "Acta de Fundación de la Organización Iberoamericana de la Juventud (OIJ)", firmado en Buenos Aires el primero (1°) de agosto de mil novecientos noventa y seis (1996).
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 535 De 1999
Apruébase el "Acta de Fundación de la Organización Iberoamericana de la Juventud (OIJ)", firmado en Buenos Aires el primero (1°) de agosto de mil novecientos noventa y seis (1996).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el "Acta de Fundación de la Organización Iberoamericana de la Juventud (OIJ)", firmado en Buenos Aires el primero (1°) de agosto de mil novecientos noventa y seis (1996), que por el artículo 1° de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de la misma.
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.