Artículo 1
1 clause
Concédese al Teniente Coronel Sr Tiberio Mier, por una sola vez, la recompensa de mil setecientos cincuenta pesos ($ 1,750) á que le da derecho el inciso 4.° del artículo 295 de la Ley 153 de 1887.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 121 De 1888
Concédese al Teniente Coronel Sr Tiberio Mier, por una sola vez, la recompensa de mil setecientos cincuenta pesos ($ 1,750) á que le da derecho el inciso 4.° del artículo 295 de la Ley 153 de 1887.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Noviembre
Artículo único. Concédese al Teniente Coronel Sr Tiberio Mier, por una sola vez, la recompensa de mil setecientos cincuenta pesos ($ 1,750) á que le da derecho el inciso 4.° del artículo 295 de la Ley 153 de 1887 .