Artículo 1
1 clause
C., el dieciocho (18) de diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996).
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 519 De 1999
C., el dieciocho (18) de diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996).
C., el dieciocho (18) de diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996), que por el artículo 1º de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.