Artículo 1
1 clause
La República deplora la muerte del ciudadano doctor Manuel Amador Fierro, honra su memoria y reconoce los valerosos servicios que le prestó en su larga carrera pública.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 83 De 1882
La República deplora la muerte del ciudadano doctor Manuel Amador Fierro, honra su memoria y reconoce los valerosos servicios que le prestó en su larga carrera pública.
Concédese á la señora Estebana Salcedo de Amador y á sus hijos menores Estéban Sara y Simon, Francisco de Paula y Adriano Constantino, una pension de cien pesos mensuales, que se pagará como las de los militares de la Independencia.
Poder Ejecutivo Nacional-Bogotá, 20 De Setiembre De 1882
Esta ley comenzará á regir desde se sancion.