Artículo 1
1 clause
Art. 1.º Laméntase la prematura muerte del General Benigno Escobar y recomiéndase á la posteridad la memoria de su valor y servicios a la República.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 31 De 1892
Art. 1.º Laméntase la prematura muerte del General Benigno Escobar y recomiéndase á la posteridad la memoria de su valor y servicios a la República.
Art. 2.° Del Tesoro de la Nación se dará á los menores hijos del General Escobar una recompensa de cuatro mil pesos ($ 4,000).
Art. 3.º La partida necesaria para dar cumplimiento á esta Ley se pagará por el Ministerio de Guerra, y se tomará de la de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000 ) que se votó por la Ley 8ª. del presente año, como crédito adicional para material del Ejército.