Artículo 1
1 clause
). Destínase igualmente la suma de treinta mil pesos ($ 30,000) como contribución de la Nación a la construcción y dotación del Hospital de Caridad y Sala de Maternidad, que se adelanta en e1Municipio de Puente Nacional.
The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Ley 83 De 1938
). Destínase igualmente la suma de treinta mil pesos ($ 30,000) como contribución de la Nación a la construcción y dotación del Hospital de Caridad y Sala de Maternidad, que se adelanta en e1Municipio de Puente Nacional.
La Contraloría General de la República vigilará 1a inversión de dichos fondos.
Esta Ley regirá desde su sanción.