Skip to the text
Back to overview

Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 114 De 1928

Artículo 1

5 clauses

El Congreso Nacional, fiel intérprete de la opinión de la República, honra la memoria del benemérito Jefe de la Comisión Corográfica, el eminente ingeniero Coronel don Agustín Codazzi, tan ilustrado como modesto, y en testimonio de gratitud ordena que se erija un busto, en mármol, que se colocara en la Avenida de Colon, en la ciudad de Bogotá, con esta inscripción:

EL CONGRESO DE COLOMBIA

AL CORONEL DE INGENIEROS DON AGUSTIN CODAZZI

QUIEN LEVANTO LA CARTA GEOGRAFICA DE LA REPUBLICA

Sendos retratos, al óleo, del Coronel Codazzi se colocarán, con igual inscripción, en el salón principal de la Oficina de Longitudes y en el de la Sociedad Geográfica.

Artículo 2

1 clause

Si dicha Sociedad obtuviere permiso para publicar los trabajos inéditos del Coronel Codazzi, la publicación se hará por cuenta del Gobierno.

Artículo 3

1 clause

Aprópiase la cantidad hasta de cinco mil pesos ($ 5,000) oro para dar cumplimiento al artículo 1° de la presente Ley.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno